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Entran en vigor las nuevas medidas sobre el sistema empresarial cubano

Bandera de Cuba

Como parte del proceso gradual de apertura y liberalización de la economía cubana, la Gaceta Oficial Extraordinaria No.58 del país caribeño publicó ayer un conjunto de normativas jurídicas sobre el sistema empresarial cuyo fin primordial es el de dotar a las empresas de la Isla de mayor autonomía. Unas medidas que también han sido difundidas por la prensa oficial.

Como parte del proceso gradual de apertura y liberalización de la economía cubana, la Gaceta Oficial Extraordinaria No.58 del país caribeño publicó ayer un conjunto de normativas jurídicas sobre el sistema empresarial cuyo fin primordial es el de dotar a las empresas de la Isla de mayor autonomía. Unas medidas que también han sido difundidas por la prensa oficial.

Se trata, en concreto, de un Decreto Ley y tres Decretos que profundizan en el desarrollo de los los lineamientos 6, 7 y 15, aprobados en el 6º Congreso del Partido Comunista de Cuba (PCC) celebrado en 2011 y que hacían referencia a «la separación de las funciones estatales de las empresariales, mediante un proceso paulatino y adecuado»; «a lograr que el sistema empresarial del país esté constituido por empresas eficientes, bien organizadas y eficaces»; y a «integrar el perfeccionamiento empresarial a las políticas del Modelo Económico».

También al lineamiento 9, aprobado en el 7º Congreso del PCC celebrado en 2016, que hacía referencia a la necesidad de «Avanzar en el perfeccionamiento del sistema empresarial, otorgando gradualmente a las direcciones de las entidades nuevas facultades, definiendo con precisión sus límites, con la finalidad de lograr empresas con mayor autonomía, efectividad y competitividad, sobre la base del rigor en el diseño y aplicación de su sistema de control interno; mostrando en su gestión administrativa orden, disciplina y exigencia».

Asimismo, dicho decreto mencionaba la necesidad de «evaluar de manera sistemática los resultados de la aplicación y su impacto» y dejaba pendiente «elaborar el régimen jurídico que regule integralmente la actividad empresarial». Por ello, ahora, las nuevas normas eliminan la dispersión legislativa existente y se generalizan conceptos, funciones y facultades para todo el sistema empresarial.

Además, ponen fin a un Decreto y un Acuerdo del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, donde se establecían el Reglamento General de la Empresa Estatal, y a las Normas sobre la Unión y la Empresa Estatal, que databan de los años 1979 y 1988, respectivamente. Ahora, estos quedan derogados.

De esta forma, a partir de este momento, quedan definidas con precisión las facultades de los directores de las organizaciones superiores de dirección empresarial (OSDE), de las empresas y de las unidades empresariales de base, que son los tres tipos de entidades que integran el sistema empresarial del país.

Destaca en particular que las OSDE quedan organizadas en grupos o uniones con funciones de dirección y control, pero sin intervenir en su gestión y «bajo un estricto respeto de su autonomía». De esta forma, se precisa que el control se ejercerá, prioritariamente, sobre los resultados integrales de toda la organización y del uso de los recursos asignados por el Gobierno.

Los nuevos Decretos y Decreto Ley aprobados son los siguientes: 

– Decreto-Ley No. 334: Modificativo del Decreto Ley 252/2007 «Sobre la continuidad y el fortalecimiento del Sistema de Dirección y Gestión Empresarial Cubano».

– Decreto No. 334: Modificativo del Decreto 281/2007 «Reglamento para la Implantación y Consolidación del Sistema de Dirección y Gestión Empresarial Estatal».

– Decreto No. 335: «Del Sistema Empresarial Estatal Cubano».

– Decreto No. 336: «Del sistema de relaciones de las organizaciones superiores de dirección empresarial».

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