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Armando TORRES Vicepresidente del Tribunal Popular de La Habana

Con permiso... Tres preguntas

En declaraciones a la agencia Prensa Latina, el vicepresidente del Tribunal Popular de La Habana, Armando Torres, asegura que el sistema cubano de reinserción de los condenados por algún delito se preocupa incluso de que éstos puedan reintegrarse a la vida laboral al abandonar la cárcel, gracias a la colaboración de los organismos sindicales y sociales del país. En este aspecto, la figura de los jueces de Ejecución sería la piedra angular del seguimiento del proceso y debe implicarse incluso en los sistemas de apoyo previstos para ello. Además, según afirma, la privación de libertad se aplica con extremo cuidado. En declaraciones a la agencia Prensa Latina, el vicepresidente del Tribunal Popular de La Habana, Armando Torres, asegura que el sistema cubano de reinserción de los condenados por algún delito se preocupa incluso de que éstos puedan reintegrarse a la vida laboral al abandonar la cárcel, gracias a la colaboración de los organismos sindicales y sociales del país. En este aspecto, la figura de los jueces de Ejecución sería la piedra angular del seguimiento del proceso y debe implicarse incluso en los sistemas de apoyo previstos para ello. Además, según afirma, la privación de libertad se aplica con extremo cuidado.

-¿Cuál es el papel que juegan exactamente los jueces de Ejecución en los procesos de reinserción social de los ciudadanos que han estado en la cárcel?

-La figura jurídica constituida por los jueces de Ejecución cubanos sirve para garantizar plenamente que se respeten tanto los derechos como las obligaciones de los ciudadanos que han cometido delitos y han sido sancionados a cumplir penas de cárcel. Estos jueces administran el beneficio de la excarcelación, cuando se le concede a los reos y, además de vigilar el proceso, se implican en el apoyo que es necesario aportarles para propiciar, en la medida de lo posible, su reinserción rápida en el seno de la sociedad. Estos jueces son la piedra angular de esa parte del sistema de rehabilitación que queda bajo su control y realizan un trabajo en el que deben tener la capacidad de coordinar de un modo efectivo sus actuaciones con la de otros organismos, tanto sindicales como sociales, que también intervienen. Los jueces de Ejecución, por lo tanto, se preocupan incluso de ayudar a resolver la situación laboral de los penados cuando se ha dictaminado que éstos cumplen las condiciones necesarias para reintegrarse a la vida civil.

-¿Qué regímenes para propiciar la reintegración de los presos están vigentes en Cuba?

-Una persona encontrada culpable de determinados delitos, de acuerdo con el criterio de los tribunales, puede gozar indistintamente de libertad condicional, licencia extrapenal o limitación de libertad. Para decidir cómo cumplirá su pena se contemplan aspectos como su estado de salud o su conducta social y para garantizar el cumplimiento de las obligaciones del sancionado el juez de Ejecución informa al interesado y a los miembros de la comunidad donde reside. El culpable de los delitos tiene que comprometerse a cumplir lo estipulado ante sus propios vecinos y familiares y esta misma situación se repite en su centro laboral. Porque tendrá un centro laboral. Una singularidad de Cuba es que las personas que salen de los establecimientos penitenciarios lo hacen con una oferta de empleo y si carecieran de ella, los organismos municipales correspondientes se la harían. Y ahí no ha terminado el trabajo del juez de evaluación quien se ocupa posteriormente de seguir el desarrollo de la inserción social y ello cuenta con la información de los organismos policiales y las organizaciones sindicales y de masas.

-¿Cree que estos métodos de reinserción social están funcionando tan correctamente como se esperaba?

-Yo diría que sí. Y que los resultados obtenidos, incluso superan las previsiones que teníamos. Durante los cuatro años de funcionamiento que ya lleva este programa se ha conseguido que los principios de legalidad y humanidad prevalezcan como el verdadero motor del sistema penitenciario cubano. De hecho, la privación de la libertad no es siempre el sistema más conveniente para lograr una reinserción efectiva, o para que los ciudadanos que han delinquido paguen correctamente la deuda que han contraído con la sociedad a la que agredieron. En este sentido, el Tribunal Supremo Popular de la Isla determinó, mediante una reciente instrucción, que debe hacerse un mayor uso de las sanciones alternativas a la privación de libertad, complementándolas con la importante actividad del juez de Ejecución. Pero quiero destacar que sin el apoyo que ha recibido la materialización de este proyecto por parte los colectivos laborales y las comunidades de barrios, quizá los resultados no hubieran sido tan buenos. Ellos también son una pieza básica.

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