La decisión del Parlamento cubano marca un cambio significativo en el diseño institucional del país, eliminando una restricción que hasta ahora impedía que mayores de 60 años optaran por la presidencia en su primer mandato. La medida, respaldada por el Consejo de Estado, responde a lo que las autoridades califican como una necesidad de flexibilizar las condiciones de acceso al liderazgo, en sintonía con los cambios demográficos y políticos de la isla.
La Asamblea Nacional suprime el límite de edad presidencial
La reforma constitucional aprobada este viernes elimina el párrafo 2 del artículo 127 de la Constitución cubana, que fijaba en 60 años la edad máxima para ser elegido presidente por primera vez. Esta modificación fue propuesta por el Consejo de Estado y defendida por el presidente del Parlamento, Esteban Lazo, quien argumentó que las circunstancias actuales requieren mayor apertura.
“La necesidad de no limitar la posibilidad de elegir a personas que, cumpliendo con los requisitos citados, puedan asumir este cargo si es lo más conveniente para la Revolución”, sostuvo Lazo ante la Asamblea
Con esta reforma, se mantiene el mínimo de 35 años para ser presidente, pero desaparece el tope máximo, abriendo la posibilidad de que líderes veteranos, incluso con más de 60 años, accedan al cargo si así lo decide la Asamblea Nacional.
Contexto demográfico y político: un país que envejece
La reforma llega en un momento en que Cuba experimenta un acelerado envejecimiento poblacional. Las proyecciones oficiales indican que esta tendencia continuará en los próximos años, con un aumento significativo en el porcentaje de población mayor de 60 años. Este factor podría haber influido en la decisión de flexibilizar los requisitos constitucionales.
Además, el cambio puede interpretarse como una estrategia del régimen para mantener abierta la posibilidad de continuidad de figuras clave en el poder, especialmente en un contexto internacional complejo y con desafíos internos crecientes.
Reforma con implicaciones políticas a largo plazo
La Constitución de Cuba otorga a la Asamblea Nacional del Poder Popular el monopolio legislativo y constituyente, lo que significa que cualquier reforma constitucional debe pasar por este órgano. La modificación del artículo 127 refleja una voluntad institucional de ajustar las normas a las dinámicas sociales y políticas del país.
Este movimiento puede tener implicaciones a largo plazo sobre el perfil de los candidatos presidenciales, permitiendo que líderes con más experiencia —pero que antes quedaban fuera por cuestiones de edad— entren nuevamente en el juego político.