El 20 de diciembre entraron en vigor nuevas normas jurídicas referentes a la política de créditos y otros servicios bancarios dirigidos a las personas naturales. Según se establece, podrán acceder al crédito los trabajadores por cuenta propia, los agricultores pequeños que acrediten legalmente la tenencia de tierra, los ciudadanos autorizados a ejercer otras formas de gestión no estatal, los interesados en comprar materiales de construcción o pagar el servicio de la mano de obra en acciones constructivas, así como quienes pretendan adquirir bienes personales. En este último caso, se precisa en el Decreto-Ley que los créditos serán concedidos progresivamente, en la medida en que las condiciones económicas y financieras del país lo permitan, y serán en pesos cubanos. Se prevé que los importes y plazos de amortización se acordarán entre el solicitante y la institución financiera, según los términos y condiciones establecidos por esta última En cuanto a los trabajadores por cuenta propia y otras formas de gestión no estatal, también se podrán solicitar créditos para la compra de bienes, insumos y equipos, y para cualquier otro propósito que contribuya al adecuado funcionamiento de su labor. Los agricultores pequeños que acrediten legalmente la tenencia de la tierra, podrán solicitar créditos para desarrollar acciones que ayuden a elevar la producción agropecuaria. La concesión de estos créditos estará sujeta al análisis de riesgo que realice la institución financiera, y serán exigidas las garantías necesarias para asegurar el pago de los créditos en los términos que se pacten con los bancos. El 20 de diciembre entraron en vigor nuevas normas jurídicas referentes a la política de créditos y otros servicios bancarios dirigidos a las personas naturales.
Según se establece, podrán acceder al crédito los trabajadores por cuenta propia, los agricultores pequeños que acrediten legalmente la tenencia de tierra, los ciudadanos autorizados a ejercer otras formas de gestión no estatal, los interesados en comprar materiales de construcción o pagar el servicio de la mano de obra en acciones constructivas, así como quienes pretendan adquirir bienes personales.
En este último caso, se precisa en el Decreto-Ley que los créditos serán concedidos progresivamente, en la medida en que las condiciones económicas y financieras del país lo permitan, y serán en pesos cubanos. Se prevé que los importes y plazos de amortización se acordarán entre el solicitante y la institución financiera, según los términos y condiciones establecidos por esta última En cuanto a los trabajadores por cuenta propia y otras formas de gestión no estatal, también se podrán solicitar créditos para la compra de bienes, insumos y equipos, y para cualquier otro propósito que contribuya al adecuado funcionamiento de su labor. Los agricultores pequeños que acrediten legalmente la tenencia de la tierra, podrán solicitar créditos para desarrollar acciones que ayuden a elevar la producción agropecuaria.
La concesión de estos créditos estará sujeta al análisis de riesgo que realice la institución financiera, y serán exigidas las garantías necesarias para asegurar el pago de los créditos en los términos que se pacten con los bancos.
Los trabajadores autónomos, los pequeños agricultores o las personas que deseen adquirir bienes pueden pedir un crédito bancario gracias a la nueva nirmativa que entró en vigo el 20 de diciembre
Se trata de una normativa muy favorable para aquellos empresarios, como los agronomos, que deseen mejorar su producción agropecuaria
La concesión de estos créditos dependerá del análisis de riego que elaborará el banco.



